sábado, 27 de octubre de 2007

Sentencia Audiencia Nacional anula sanción AEPD a FREMAP

Sentencia Audiencia Nacional anula sanción AEPD a FREMAP por usar los datos de salud de un trabajador al incorporarse a otra empresa que también tenía como Mutua a FREMAP

http://www.diariomedico.com/edicion/diario_medico/normativa/es/desarrollo/1049405.html

martes, 23 de octubre de 2007

Ley Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción

Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (BOE 19-10-2006)

http://www.boe.es/boe/dias/2006/10/19/pdfs/A36317-36323.pdf

Ley de Sociedades Profesionales

Ley 2/2007, de Sociedades Profesionales

http://www.boe.es/boe/dias/2007/03/16/pdfs/A11246-11251.pdf

Hay muchas cosas a destacar en esta ley, pero solo quiero reflejar un par de ellas:

Artículo 8 Inscripción registral de las Sociedades Profesionales.
Regula en su punto 2 el contenido mínimo de la inscripción

"a) Denominación o razón social y domicilio de la sociedad.
b) Fecha y reseña identificativa de la escritura pública de constitución y notario autorizante; y duración de la sociedad si se hubiera constituido por tiempo determinado.
c) La actividad o actividades profesionales que constituyan el objeto social.
d) Identificación de los socios profesionales y no profesionales y, en relación con aquéllos, número de colegiado y Colegio Profesional de pertenencia.
e) Identificación de las personas que se encarguen de la administración y representación, expresando la condición de socio profesional o no de cada una de ellas."
El punto 4 obliga también a inscribir la sociedad en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Profesional correspondiente.

"4. La sociedad se inscribirá igualmente en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Profesional que corresponda a su domicilio, a los efectos de su incorporación al mismo y de que éste pueda ejercer sobre aquélla las competencias que le otorga el ordenamiento jurídico sobre los profesionales colegiados. "
Con los mismos contenidos que en el Registro Mercantil

La inscripción contendrá los extremos señalados en el apartado 2 de este artículo. Cualquier cambio de socios y administradores y cualquier modificación del contrato social serán igualmente objeto de inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales.
Y el Registro comunicará de oficio al Registro de Sociedades las inscripciones

El Registrador Mercantil comunicará de oficio al Registro de Sociedades Profesionales la práctica de las inscripciones, con el fin de que conste al Colegio la existencia de dicha sociedad y de que se proceda a recoger dichos extremos en el citado Registro Profesional.
Se dará publicidad de las Sociedades constituidas en un portal web del Ministerio de Justicia
"5. La publicidad del contenido de la hoja abierta a cada sociedad profesional en el Registro Mercantil y en el Registro de Sociedades Profesionales se realizará a través de un portal en Internet bajo la responsabilidad del Ministerio de Justicia.
El acceso al portal de Internet será público, gratuito y permanente. "

viernes, 19 de octubre de 2007

Ley de conservacion de datos de comunicaciones electrónicas

En el BOE de hoy, ha salido publicada la Ley 25-2007 de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones.
Destacan los siguientes puntos
.- Obligación de conservar los datos
.- Período de conservación de los datos. 12 meses pero se podrá ampliar o reducir el plazo hasta 2 años o 6 meses
. - Normas de cesión de datos.
.- Protección y seguridad de datos --> remisión a LOPD y normas reglamentarias

Esta ley deroga determinados artículos de la LSSICE y modifica la Ley General de Telecomunicaciones