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martes, 19 de octubre de 2010

Evita ser un "mulero" con ESET

homework

 

 

Excelente artículo de ONTINET.COM, que analiza las falsas ofertas de empleo.

 

 

 

Muchos estafadores utilizan técnicas de ingeniería social para intentar involucrar a desempleados en sus actividades delictivas.

ESET, compañía de detección proactiva de amenazas informáticas, ha elaborado un listado de recomendaciones para que los internautas eviten ser presa de las técnicas de ingeniería social que utilizan habitualmente los estafadores con el envío de falsas ofertas de trabajo a través de correo electrónico. Conocidas como ‘scam’, estas estafas suelen apelar a la codicia o la necesidad de los usuarios, a los que ofrecen la posibilidad de obtener buenos ingresos de forma fácil.

Puede seguir leyendo el artículo en este enlace

http://www.ticpymes.es/Noticias/General/201010190027/Evita-ser-un-mulero-con-ESET.aspx

miércoles, 6 de octubre de 2010

Privacidad vs seguridad – Blog del laboratorio ONTINET.COM

El día 5 de octubre de 2010, el blog del laboratorio de ONTINET.COM ha publicado una entrada interesante, que reproduzco a continuación.

El periódico New York Times, informaba la semana pasada acerca una nueva legislación que está preparando el gobierno de Barack Obama para el próximo año. Esta ley permitiría a las fuerzas policiales y de inteligencia de los Estados Unidos acceder a la información que se transmita por Internet, sea cual sea el medio de transmisión utilizado, como por ejemplo, e-mail, Facebook, Skype, BlackBerry, etc.

Según indica Valerie E. Caproni, abogada del FBI, “sería interceptar una comunicación previamente autorizada por ley”. ¿Estaríamos hablando del fin de la privacidad tal y como la conocemos?

Fruto de esta noticia, queremos conocer la opinión del responsable en protección de datos de Ontinet.com, Santiago Bermell, que muy amablemente ha accedido a contestar las siguientes cuestiones:

¿Estaríamos hablando del fin de la privacidad?

Esta es una batalla que no es nueva, ni en EEUU, ni en Europa, ni por supuesto en nuestro país.

El debate privacidad vs seguridad tiene sus tira y afloja constantes, tanto en el ámbito privado (empresas, negocios), en el ámbito doméstico y familiar, y como en este caso que planteas, en el ámbito público. De todos es conocido que tras cada grave atentado terrorista a nivel internacional, se vuelve a presionar desde los medios policiales y de seguridad pública, para poder acceder libremente a las telecomunicaciones, en pro de una mayor seguridad y de facilitar las investigaciones.

Aunque no supone un fin de la privacidad, si es un duro golpe a la misma. El dar carta blanca a las autoridades en este tema, siempre irá aparejado de grandes críticas por la invasión brutal de la privacidad de cada uno de nosotros.

¿Sería ampliable al ámbito de la Unión Europea?

Este tema no ha pasado de largo en la UE.
En el marco legislativo, la UE ha dictado varias normas, entre ellas:

- la Directiva 1995/46/CE, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

- la Directiva 2002/58/CE, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (conocida como Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas).

Esta última Directiva obliga a todos los países a garantizar la la confidencialidad de las comunicaciones, sobre todo la escucha, la grabación, el almacenamiento u otros tipos de intervención o vigilancia de las comunicaciones y los datos de tráfico asociados a ellas por personas distintas de los usuarios.

¿Existe alguna ley en España que ampare al usuario en este aspecto?

El secreto de las comunicaciones está recogido en la Constitución Española (18.3) como un derecho fundamental. Y solo con habilitación legal, en nuestro caso la Ley de Enjuiciamiento Criminal, o la Ley Orgánica del Poder Judicial. En estas dos normas se expresa que solo con una resolución judicial se podrá intervenir las comunicaciones.

La protección de la que goza el Estado Español no es baladí ya que permite a los ciudadanos protegerles de regulaciones gubernamentales que pueden menoscabar sus derechos de una forma irremediable.

En cuanto a la preocupación sobre este tema en España solo hay que recordar el caso SITEL (Sistema de Interceptación de Comunicaciones).

Desde el departamento técnico de ESET en Ontinet.com, queremos gradecer enormemente a Santiago su predisposición a aclararnos estas dudas. Informaremos en este mismo blog sobre cualquier novedad al respecto.

lunes, 27 de septiembre de 2010

La visión de la privacidad en la nube, por GOOGLE

En un artículo de “IT expreso” del 27 de septiembre de 20201, aparece la opinión de Google sobre las leyes de privacidad: “inconsistentes, confusas e inciertas”.

Todo lo que suponga un freno a su expansión económica, simplemente no es de su agrado.

Los vendedores de nubes quieren más cobertura legal

La falta de seguridad jurídica puede ser una de las razones que impiden a las empresas utilizar servicios en la nube.

Compañías de la talla de Microsoft, Google, Amazon.com, Salesforce.com y Rackspace pidieron la semana pasada apoyo para lograr sus objetivos de dar a los datos almacenados en sus sistemas en la nube las mismas protecciones legales que la información almacenada en un ordenador personal.

La falta de este tipo de protección es importante para los clientes empresariales, y es lo que está disuadiendo a muchos de utilizar los servicios en la nube, dijeron los ejecutivos de las compañías antes mencionadas.

Para ofrecer una perspectiva de los sistemas basados en cloud Richard Salgado, de Google, afirmó que actualmente hay tres millones de usuarios empresariales que están haciendo uso de los servicios en la nube de la compañía, a los que se suman más de 3.000 clientes nuevos cada día.

Todos ellos, afirmó  Salgado, se enfrentan a unas leyes de privacidad “inconsistentes, confusas e inciertas”. Los ejecutivos representantes de las empresas confirmaron que los usuarios empresariales están preocupados sobre las implicaciones relacionadas con la privacidad a la hora de mover los datos sensibles de un almacenamiento local a un almacenamiento remoto, y que gran parte de esa preocupación está relacionado con las circunstancias en las que el gobierno puede obligar a que se desvelen los datos de proveedores.

viernes, 10 de septiembre de 2010

4 años de cárcel por compartir en red P2P vídeo sexual de su novia

Aunque no es el primer caso, si que es interesante resaltarlo.

Por colgar un vídeo sexual (grabado con consentimiento mutuo) en una red P2P (bit torrent) de su ex novia, por supuesto sin su consentimiento.

 LEVANTE

martes, 7 de septiembre de 2010

Redes sociales y contratación

El periódico LA RAZÓN en su edición digital del día 07-09-2010 publica un artículo sobre la influencia del “rastro digital” en los empresarios, durante los procesos de selección.

miércoles, 25 de agosto de 2010

Ley de privacidad en Alemania. Novedades

Una nueva ley en Alemania va a impedir a las empresa buscar información en Facebook a la hora de contratar empleados.

SPIEGEL ON LINE 23/08/2010 (en inglés).

En esta noticia destaca que el 45% de las empresas usa las redes sociales para encontrar candidatos.

Pero destaca aún más que el 35% han descartado a candidatos en base a la información obtenida en las redes sociales (fotos comprometidas, insultos a excompañeros, o uso de drogas).

Esta norma también limitará el uso de la videovigilancia en determinados lugares de trabajo, así como el control del correo electrónico y las comunicaciones telefónicas.

Sobre esta noticia, también se ha hecho eco EL PAIS el día 27/08/2010

martes, 23 de marzo de 2010

Si es legal, es legal. Campaña de FACUA

www.sieslegaleslegal.org

Es la original campaña de FACUA, en contra de la criminalización de los usuarios de Internet.

Apúntate para apoyar esta campaña

sábado, 23 de enero de 2010

La “videovigilancia” no nos quita ojo

Artículo publicado en “El Mundo”, edición impresa de Baleares, del día 23 de enero de 2010

El pasado 27 de diciembre entró en vigor la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, la llamada Ley Omnibus, por la que se ha adaptado parcialmente al ordenamiento jurídico español la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, cuyo objetivo es facilitar el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Una de las muchas leyes reformadas para su adaptación a la normativa europea ha sido la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, con importantes consecuencias en materia de protección de datos de carácter personal en relación con el imparable y creciente fenómeno de la videovigilancia. Las imágenes y voces que se captan por medio de las cámaras de videovigilancia son datos de carácter personal, siendo necesario para su tratamiento contar con el consentimiento de todas aquellas personas cuya imagen y/o voz son captadas, o bien disponer de una norma con rango de Ley que legitime ese tratamiento. La obtención del consentimiento individualizado resulta utópica, así que no queda más remedio que acudir a la vía de la legitimación a través de norma con rango legal. Y esa norma la Agencia Española de Protección de Datos ―AEPD―, determinó que era la citada Ley 23/1992 de Seguridad Privada, por entender que en la misma existía una reserva y obligatoriedad de que este tipo de instalaciones fueren realizadas por empresas de seguridad. De hecho, son numerosas las sanciones económicas impuestas por la AEPD por la realización de estas instalaciones por empresas no reconocidas como tales. Y el sancionado, cabe resaltar, es el beneficiario de la instalación, no la instaladora.

Con la modificación de la Ley de Seguridad Privada a través de la Ley Ómnibus todo cambia, porque excluye del ámbito de la legislación de seguridad privada la venta, entrega, instalación o mantenimiento de equipos técnicos de seguridad ¡entre los que se encuentran las cámaras de videovigilancia! siempre que no incluyan la prestación de servicios de conexión a centrales de alarma, de forma que dichos servicios podrán ser realizados por cualquier prestador de servicios. Es decir, que Ley Ómnibus se carga de un plumazo la cobertura legal designada por la AEPD para legitimar el tratamiento de imágenes de personas con fines de videovigilancia, lo que hacía prioritario y urgente llenar este vacío.

Ante esta situación, la AEPD ha reaccionado bastante rápido y ha publicado en su página web (www.agpd.es) una nota informativa por la que anuncia que se podrá acudir a cualquier prestador de servicios para contratar este tipo de instalaciones sin necesidad de preocuparse de la legitimación para el tratamiento de las imágenes y voces captadas, por cuanto liberalizada la prestación se entiende intrínseca a la misma la legitimación. Corrección de forma aparte (mejor hubiera sido un informe jurídico), la solución adoptada por la AEPD es la más práctica y rápida, subsanando con celeridad el vació jurídico creado y dotando de nuevo de seguridad jurídica al sector demandante de estos servicios, sin perjuicio de que deban seguir cumpliéndose las restantes exigencias dispuestas en la LOPD, su reglamento e Instrucción 1/2006.

Lo que no se ha dicho es que, en nuestra opinión, esta reforma puede afectar seriamente a todos aquellos procedimientos y resoluciones sancionadoras de la AEPD en curso motivados por no haber sido realizada la instalación de videovigilancia por empresa de seguridad privada. Uno de los principios básicos del derecho sancionador es el de aplicación retroactiva de la norma más favorable, y en este caso, desaparecida la obligación de realización de la instalación a través de una empresa de seguridad privada y la liberalización de su prestación, consideramos que desaparece la falta de legitimación que motiva la sanción y, por lo tanto, su fundamento. Y teniendo en cuenta que el régimen sancionador económico previsto en la LOPD es muy severo, sin duda esta reforma provocará a nuestro entender un buen número de peticiones en dicho sentido.

Alfonso Pacheco Cifuentes / Santiago Bermell Girona

Consultores jurídicos en protección de datos de carácter personal

Miembros de la Asociación Profesional Española de Privacidad, APEP

miércoles, 2 de diciembre de 2009

ENISA – Informe seguridad identificación en Internet

ENISA, (European Network and information Security Agency), ha hecho público un informa sobre los riesgos de seguridad de la banca on line con identificación a través de tarjetas eID europeas.

Este informe analiza 7 vulnerabilidades, identifica 15 amenazas y ofrece recomendaciones de seguridad

Enlace al informe completo: http://www.enisa.europa.eu/act/it/eid/eid-online-banking/at_download/fullReport

Enlace a la nota de prensa en castellano (PDF): http://www.enisa.europa.eu/media/press-releases/prs-in-sp/20091126EIDSPA.pdf

viernes, 30 de octubre de 2009

Bruselas amenaza al Reino Unido por fallos en la protección de datos personales

Artículo en elmundo.es 30-10-2009

Pequeño extracto

    La Comisión ha "identificado tres puntos débiles en particular en las leyes británicas":

    1. La ausencia de una autoridad nacional de supervisión,

    2. una prohibición demasiado restrictiva datos interceptados en el Reino Unido, y

    3. una definición demasiado amplia de "consentimiento" para la interceptación de datos.

    Enlace a la noticia completa

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    domingo, 4 de octubre de 2009

    EEUU hace acopio de datos de las plantillas de fliales en Europa

    Artículo en publico.es, sobre las transferencias internacionales de datos de las filiales en Europa de compañías americanas

    lunes, 10 de agosto de 2009

    “El patrullero de la RED”

    Así titula “EL PAIS.COM” un artículo sobre el policía de Ourense, que “investiga” por la red las base de datos que aparecen compartidas.

    Como ejemplo, este mismo artículo cita el listado de mujeres abortistas del 2008, o el listado de miembros de un sindicato que acudieron a cursos de formación.

    Aunque no explica muy bien el artículo como procede este señor, tampoco es tan difícil. Busca con la mula o con  con algún cliente de Bit Torrent bases de datos en generar (*.mdb = bases de datos access), y seguro que con la paciencia de un buen pescador, pica alguno.

    El patrullero de la red. Elpais.com 09/08/2009

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    viernes, 31 de julio de 2009

    Instituto de Valencia retira las cámaras de videovigilancia

    Ya fue noticia hace varios meses. El instituto de Abastos había instalado cámaras de videovigilancia, dentro y fuera de sus instalaciones.

    Ahora las ha retirado.

    Las provincias 31-07-2009

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    martes, 7 de julio de 2009

    P2P no vulnera la LPI, según el juzgado de lo Mercantil

    Interesante noticia publicada en el Mundo 07-07-2009, en la que el juzgado de lo Mercantil de Barcelona expresa que las redes P2P por sí, no vulneran la Ley de Propiedad Intelectual.

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    martes, 30 de junio de 2009

    Las baterías de portátiles y su duración prometida ¿engaño?

    ITespresso.es  30-06-2009

    Interesante artículo sobre la polémica de la medición por parte de los fabricantes, de la duración de la carga de las baterías de los portátiles.

    Etiquetas de Technorati: baterías de portátiles,duración baterías

    martes, 23 de junio de 2009

    La policía detiene un hacker en Valencia

    De Las Provincias 23-06-2009

    La Policía Nacional ha detenido en Valencia a un 'hacker' de 36 años acusado de realizar un ataque informático a una empresa proveedora de software en la que había trabajado.

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    domingo, 21 de junio de 2009

    El Garante Italiano de Protección de Datos prohíbe la publicación de fotos de Berlusconi

    ADN.es 21-06-2009

    El Garante italiano de PD ha considerado ilegales la fotos tomadas en la villa de Berlusconi, por ser tomadas en el interior de su vivienda.

    Pero si acepta las fotos tomadas en lugares públicos.

    http://www.adn.es/politica/20090619/NWS-2077-Berlusconi-Prohiben-Cerdena-publicar-sacadas.html

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    viernes, 19 de junio de 2009

    Tuenti , deja de sufrir por tu hijo

    Artículo de “EL CONFIDENCIAL” sobre la red social TUENTI, orientado a la preocupación de los padres por el uso de las redes sociales por sus hijos.

    No puedes evitar que tu hijo esté en Tuenti pero puedes dejar de sufrir por ello”

    EL CONFIDENCIAL 19-06-2009

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    lunes, 1 de junio de 2009

    Informe FUNDETEC: autónomos y SI 2008

    La fundación FUNDETEC presentó en su portal el informe: El trabajador autónomo y la Sociedad de la Información 2008.

    Enlace de descarga del informe