- La Agencia Española de Protección de Datos multa a una empresa de recobro de morosos por requerirles en sus centros de trabajo.
- Si te han de notificar, tienen que asegurarse de que dicha notificación se recibe de manera personal.
- El fax no garantiza la confidencialidad de los datos.
Dos temas importantes en una sola resolución
Por un lado que no se puede notificar una deuda de un trabajador a su empresa
Muy importante, que la AEPD considera que el fax no garantiza la confidencialidad, porque no se puede asegurar quien va a ver ese FAX en el destinatario
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