El Tribunal Supremo ha dictado Sentencia de fecha 09-05-2008, dando validez a el uso de las direcciones IP,s por parte de la Policía, obtenidas en el marco de una investigación sobre pornografía infantil, mediante el análisis del uso de redes P2P, en este caso EMULE.
EXTRACTO STS 2008-05-09 que declara que los datos de P2P no están protegidos por el derecho a la intimidad.
El Tribunal Supremo considera la validez de los rastreos efectuados por la policía de los protocolos IP que identifican los ordenadores de los usuarios.
El Tribunal Supremo aplicando la doctrina relativa a la identificación de los números telefónicos, afirma que no constituye una injerencia en el secreto de las comunicaciones tales rastreos realizados sin autorización judicial, y estima que pueden ser juzgados los hechos con tales pruebas.
Fundamento de derecho Segundo:
a) los rastreos que realiza el equipo de delitos telemáticos de la Guardia Civil en Internet tienen por objeto desenmascarar la identidad críptica de los IPS (Internet protocols) que habían accedido a los "hash" que contenían pornografía infantil. El acceso a dicha información, calificada de ilegítima o irregular, puede efectuarla cualquier usuario. No se precisa de autorización judicial para conseguir lo que es público y el propio usuario de la red es quien lo ha introducido en la misma. La huella de la entrada - como puntualiza
con razón el Mº Fiscal- queda registrada siempre y ello lo sabe el usuario.
b) entender que conforme a la legalidad antes citada (unas normas vigentes en el momento de los hechos y otras posteriores) se hacía preciso acudir a la autorización del juez instructor para desvelar la identidad de la terminal, teléfono o titular del contrato de un determinado IP, en salvaguarda del derecho a la intimidad personal (habeas data). La policía judicial a través de un oficio de 6 de noviembre de 2005, completado por un informe de 24 de octubre del mismo año del Grupo de delitos telemáticos de la Guardia Civil interesa la preceptiva autorización que obtuvo con el libramiento de mandamiento judicial dirigido a los operadores de Internet para identificar ciertas direcciones IP del ordenador al objeto de proseguir la investigación.
Consecuentemente quien utiliza un programa P2P, en nuestro caso EMULE, asume que muchos de los datos se convierten en públicos para los usuarios de Internet, circunstancia que conocen o deben conocer los internautas, y tales datos conocidos por la policía, datos públicos en internet, no se hallaban protegidos por el art. 18-1º ni por el 18-3 C.E .
Fuente del extracto CENDOJ -
1 comentario:
El futuro del P2P, P2P ANONIMO.
Recientemente ha aparecido un nuevo programa que pretende revolucionar la manera en la que se comparten archivos en la red, se trata de OMEMO, un programa que pretende ser la nueva version P2P 2.0.
Los autores definen este sistema como un gran disco virtual en el que no se comparten archivos sino espacio en disco, de manera que los archivos compartidos no se guardan en tu propio disco sino que pueden estar guardados en cualquier parte de la red.
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