La AEPD ha publicado un nuevo informe 2008-0110 de acceso de a las direcciones de correo electrónico de los trabajadores.
Se plantea la consulta por una universidad tras la Sentencia del Tribunal Constituiconal 281/2005
Recurso de amparo promovido por la Federación de Servicios Financieros y Administrativos de las Comisiones Obreras (COMFIA-CC OO) frente a la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que desestimó el conflicto colectivo promovido contra el grupo BBVA.
Vulneración de la libertad sindical: uso del correo electrónico de propiedad de la empresa con fines de información .
Me llama mucho la atención, no la respuesta, sino lo que considero un "cambio de actitud" de la AEPD.
Y digo cambio de actitud, porque además de resolver la cuestión (siguiendo los criterios establecidos por el TC), propone una solución altenativa.
Esta solución es crear una lista de distribución de correo, con lo que los sindicatos no acceden a datos personales (a las direcciones de correo), no hay cesión de datos, facilita el derecho de cancelación u oposición, y facilita a los sindicatos el uso de las nuevas tecnologías para la difusión de información entre los trabajadores.